CARTA A LA AFIP. ALIVIO FISCAL Y CONDONACIÓN DE DEUDA - FEBRERO 2022
25/02/2022 - 12:30
Presentamos a la AFIP una serie de consultas sobre la Ley de Alivio Fiscal 27.563. Compartimos las respuestas recibidas, útiles para monotributistas y organizaciones de la economía social

CARTA A LA AFIP. ALIVIO FISCAL Y CONDONACIÓN DE DEUDA - LEY 27.563

Existen muchos trabajadores autogestivos que han sido dados de baja de oficio o se han dado de baja, por falta de pago de la cuota mensual del monotributo. Esta situación ha precarizado su trabajo, desarrollándose en la informalidad y con menores ingresos. Poder acceder nuevamente a la condición de monotributista y ante la expectativa de una mejora de las condiciones económicas, fortaleciera el entramado productivo, no solo generando posibilidades de más y mejor trabajo, sino también incorporando nuevamente al sistema tributario a estos contribuyentes. Dado que una de las condiciones para acceder el beneficio de condonación es ser un sujeto activo, consultamos:

¿Aquellos que se han dado de baja en forma voluntaria, pueden darse de alta antes del 02/03/2022 para acceder al beneficio de la condonación?

¿Aquellos que tienen baja de oficio, existe algún mecanismo para que puedan acceder al beneficio de la condonación?

La crisis económica de los últimos años, profundizada por la pandemia, afectó sensiblemente a los sectores más vulnerables, entre ellos a las diferentes organizaciones sociales, de trabajo autogestivo, comunitario y colectivo, que sostiene a su vez a muchas familias que viven una situación crítica. Ante la falta de recursos, una de las áreas que primero se ve perjudicada en las organizaciones, es el área administrativa. Se dejan de pagar los impuestos, presentar balances y declaraciones juradas, lo que provoca la pérdida de exenciones, mayor carga impositiva, la limitación en la CUIT, la imposibilidad de facturar, etc.. De esta manera y en forma progresiva se empeora la situación económica de la organización y sus trabajadores. Claramente el beneficio de condonación de deuda, junto con otras, es una medida indispensable para que muchas organizaciones puedan comenzar un camino de recuperación que le permita insertarse al mercado formal, acceder a la compra pública, subsidios públicos o donaciones privadas. Esto colabora con la reactivación económica y productiva del país, generando también mayores ingresos fiscales. Ante lo expuesto consultamos:

Para aquellas entidades que tienen la CUIT inactiva o con limitaciones, ¿existe algún mecanismo simplificado para que puedan regularizar su situación y acceder al beneficio?

¿Se puede solicitar una dispensa a la presentación de DDJJ? [...]

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